El 24 de febrero de 2013, entra en vigor el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que permite a los jóvenes emprendedores menores de 30 años abonar una cuota súper-reducida, de 50€.
- Menores de 30 años de edad, o menores de 35 años en el caso de mujeres, se aplicará, una reducción, durante los 15 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 30 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima y una bonificación, en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción, de igual cuantía que ésta.
- Alternativamente al sistema de bonificaciones y reducciones establecido en el apartado anterior, los trabajadores que tengan menos de 30 años de edad que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala:
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- Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta.(51,17€)
- Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a). (127,93€)
- Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b). (179,10€)
- Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción.(179,10€)
Lo previsto en el presente apartado no resultará de aplicación a los trabajadores por cuenta propia que empleen trabajadores por cuenta ajena.
Alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores a contar desde la fecha de efectos del alta.