Acabamos de salir del cuarto trimestre y los resúmenes anuales y ya damos el pistoletazo de salida al modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceras personas de más de 3.005,60€).
Aunque se había hablado de adelantar al mes de enero la presentación de este modelo, al final, nos han dado un respiro y se mantiene para el mes de febrero.
Lo que sí han cambiado es la presentación del modelo 184 (declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas) cuyo plazo de presentación finalizó el 31 de enero.
¿QUÉ ES EL MODELO 347?
Es la declaración anual que obliga a informar de operaciones de más de 3.005,60 Euros.
¿CUÁL ES EL PLAZO DE PRESENTACIÓN?
El plazo de presentación para el modelo 347 finaliza el 28 de febrero.
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 347?
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de dicha Ley, que desarrollen actividades empresariales o profesionales, deberán presentar una declaración anual relativa a sus operaciones con terceras personas.