Hoy os dejamos con las deducciones por alquiler y compra de vivienda habitual.
DEDUCCIÓN POR COMPRA.
Desde 2013 han desaparecido las deducciones por adquisición de vivienda habitual, si bien, se ha creado un régimen transitorio para aquellos que la adquirieron con anterioriodad al 01/01/2013 las cuales sí se pueden seguir deduciendo.
DEDUCCIÓN POR ALQUILER.
Se podrán deducir por este concepto siempre y cuando el contrato de arrendamiento sea anterior al 01/01/2015, que con anterioridad a esta fecha hayan satisfecho cantidades por alquiler y además hayan tenido derecho a aplicar dicha deducción en el ejercicio anterior.