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¿QUÉ PUEDES HACER Y QUÉ NO ESTANDO DE BAJA?

¿Se puede salir a la calle o ir de viaje cuando se está de baja laboral por incapacidad temporal (IT)?. El paciente puede "hacer todo aquello que no perturbe la recuperación y tiene obligación de hacer todo aquello que la favorezca",

Lo único que consta en la Ley General de la Seguridad Social (art. 175) es que el subsidio por Incapacidad Temporal (IT) podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario actúe fraudulentamente; cuando trabaje por cuenta propia o ajena, o cuando, sin causa razonable, abandone el tratamiento",

- Salir a la calle. Sí se puede, siempre que la patología no obligue a estar en casa. Si un conductor está de baja porque se ha roto una pierna, no podrá conducir, pero sí puede salir a la calle -con la movilidad reducida, se entiende-. Si tiene una neumonía bacteriana lo normal es que no se pueda ni mover y se quede en casa, explica Corral.

- Ir a una fiesta. Dependerá de la enfermedad. "A los empresarios les extraña mucho ver a un empleado en tiempo de ocio cuando está de baja por algo psíquico, pero salvo que el médico diga lo contrario, está indicado hacer actividades que te permitan descansar y relajarte". Hay casos en los que el psiquiatra incluso recomienda hacer actividades fuera de casa, pero a la vez en otro casos, algunas actividades como ir a una fiesta, "pueden indicar que ya está recuperado totalmente"

- Ser voluntario en una organización. Se puede "si no supone una concurrencia con tu empresa ni es incompatible con tu baja",

- Viajar. El paciente, "en la aplicación estricta, puede desplazarse", salvo la obligación de acudir a por los partes y a las citas médicas, "legalmente no figura ningún aspecto en el cual se diga si puedes o no moverte". "Tiene que ser algo que no impida la recuperación y que no indique que uno ya está bueno". es aconsejable estar localizable en esos casos por si nos citan para una prueba médica o revisión.

- Hacer un examen. Solo estaría prohibido "si resulta pernicioso para la situación clínica del paciente o si las actividades que el examen comporta son de similares características y duración que las del trabajo que ha dado lugar a la situación de IT" 

Casos no objetivables y "en la frontera".

Una pierna rota es un caso fácil y claro de baja. La fase en que el hueso ya está soldado pero el paciente sigue teniendo dolores es otra historia. La enfermedad ya no impide trabajar, pero es que además, puede incluso estar recomendado hacerlo, porque volver a trabajar ayuda a reducirlos, al no estar "en casa pensando en el dolor".

Otra cuestión es cómo objetivar el dolor, cuando este no tiene manifestaciones visibles. Por ejemplo, en las lumbalgias. En algunos casos queda claro que no se puede realizar el trabajo, pero en otros dependerá del tipo de empleo y de la intensidad del dolor.

Fuente: El País.

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