De control tributario para el 2015. Y de entre los muchos objetivos de este plan destacamos el siguiente por ser uno de los que probablemente más afecten a esta nuestra Comunidad:
"Se actuará sobre los particulares que ceden de forma opaca total o parcialmente viviendas por internet u otras vías. De igual modo se actuará respecto de aquellas empresas turísticas regulares que no cumplen debidamente sus obligaciones fiscales. Asimismo, se realizarán actuaciones presenciales para la detección de alquileres irregulares no declarados."
La idea es clara. Descubrir los alquileres vacacionales no declarados. Y aquí es donde choca la normativa fiscal estatal con la normativa arrendaticia autonómica.
Ya sabemos que el Govern Balear optó por no regular lo que denominamos arrendamientos vacacionales de pisos prohibiendo en la práctica los mismos. Y tenemos claro que el rendimiento de capital inmobiliario debe declararse sí o sí. Y ahí tenemos que optar. O declaro el rendimiento y le doy pistas a mi comunidad autónoma para que me pueda sancionar, o no declaro el rendimiento y no doy pistas a nadie.
Sin duda que optamos por lo primero, pero es incomprensible que se haya hecho oídos sordos a una práctica muy consolidada en nuestra comunidad, negando la realidad y creando un conflicto tributario al contribuyente que declarando el rendimiento se expone a una sanción.
Desde aquí abogamos una vez más por una solución del problema, una coordinación entre administraciones y la regulación de una costumbre arraigada que a través de los años va en aumento gracias a las nuevas tecnologías y que nos permite a todos comer del pastel que a veces parece reservado tan solo a unos cuantos.