Al igual que ya ocurre desde hace varios ejercicios con el abono anticipado de la deducción por maternidad que puede ser solicitado por las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, desde el 1 de enero y gracias a la reforma fiscal las familias numerosas y personas con discapacidad podrán igualmente solicitar dicho abono anticipado.
La regulación del mismo, procedimiento y plazos, se recoge en los artículos 81 bis de la Ley de IRPF y el 60 bis del Reglamento de IRPF, añadidos por el art. 1.56 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre y por el artículo 1 del Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre respectivamente.
Os resumimos a continuación los requisitos y condiciones para optar a dicha solicitud.
- Solicitud mediante la presentación del MOD. 143 vía sede electrónica, mediante llamada telefónica al 901 200345 o presentándola en cualquier registro de la AEAT.
- Tienen derecho a ello los contribuyentes con derecho a la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad y los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa debiendo realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad de carácter alternativo y cotizar durante los plazos mínimos fijadosteniendo como límite para cada una, las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo.
- Deberán estar en posesión del título de familia numerosa o de la certificación oficial del grado de discapacidad del descendiente y/o ascendiente.
- Las cuantías de la deducción anticipada son de 1.200 euros anuales por familia numerosa o 2.400 euros anuales si es familia de categoría especial y descendiente o ascendiente con discapacidad 1.200 euros anules por cada descendiente o ascendiente.
- Compatible con el abono anticipado de la deducción por maternidad.
Una buena iniciativa legislativa que sin embargo se queda a medias ya que para tener la posibilidad de abono anticipado de la deducción obliga entre otras cosas a tener actividad por cuenta propia o ajena siendo que en el caso de las familias y personas con discapacidad las dificultades para encontrar empleo son mayores.
A.E.A.T. Deducción por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.