No falla, es llegar abril y todos a confersarse. Con el fisco, claro. Este año hay pocas novedades importantes. Entre ellas, la imposibilidad de presentar la declaración escrita a mano. Adiós al romanticismo de escribir con el boli bic de toda la vida sobre el clásico papel azul. Y una no menos importante, la no deducción por adquisición de vivienda habitual para las adquiridas a partir de 2013, aunque se establece un régimen transitorio para las adquiridas con anterioridad. A continuación intentamos darte una respuesta a las preguntas de nuestro titular.
1.- OBLIGADOS A PRESENTARLA.
En general, quienes obtengan rentas provenientes de un solo pagador superiores a 22.000 €, o de varios pagadores cuando la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € brutos anuales. Si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen la cantidad de 1.500 € brutos anuales, el límite para no declarar baja hasta los 11.200 €.
2.- DONDE TENGO QUE PRESENTARLA.
Si te la hacemos nosotros, no tendrás que preocuparte por ello. La presentaremos desde nuestra Gestoría de manera telemática para una más pronta devolución. Y si te sale a pagar, te la fraccionaremos.
3.- PLAZOS DE PRESENTACIÓN.
Desde el 1 de abril se puede confirmar el borrador, pero nosotros aún estamos con el trimestre, y además el plazo para la presentación telemática se inicia el día 23 de abril. A partir de ese día, puedes venir a vernos sin cita previa.
El resto de dudas te las respondemos o bien presencialmente, o bien mediante mail o teléfono. Y no te preocupes por los datos. Sino los tienes, te los solicitamos al momento cuando vengas a vernos.
Como dice nuestro nuevo banner, lo que para ti es un marrón, para nosotros es diversión.